martes, 29 de octubre de 2013

     "Derechos De Las Mujeres"
Los derechos humanos de las mujeres, contenidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de la Niñez y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belén Do Para), proscriben toda forma de discriminación y  pugnan por la erradicación de la violencia y desigualdad entre hombres y mujeres.
La Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos son los mecanismos de protección internacional de los derechos contenidos en estos tratados y obliga a los estados a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violación de los derechos de las mujeres.
Derechos específicos de la mujer
a. El derecho a una vida libre de violencia.
Violencia contra la mujer, a través de cualquier acción o conducta y basada en su género, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como en el privado. Se expresa en amenazas, agravios, maltrato, lesiones y daños asociados a la exclusión, subordinación, discriminación y explotación de las mujeres.
Se refiere también al derecho a estar libre de toda forma de discriminación y a ser valorada y educada fuera de patrones estereotipados de comportamiento, así como prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.
b. El derecho a acceder a la justicia.
Es el derecho de acudir ante las autoridades competentes —ministeriales, judiciales o administrativas— para obtener la protección de sus derechos.
Implica el acceso al sistema judicial para lograr un buen servicio de justicia y el conocimiento tanto de los derechos de las personas, como de los medios para ejercerlos y reconocerlos.
El acceso a los recursos judiciales debe ser expedito, oportuno y efectivo; éstos constituyen la primera línea de defensa de los derechos humanos.
c. El derecho a la igualdad y a la no discriminación.
La discriminación contra la mujer es “Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera".
d. Los derechos sexuales y reproductivos.
Es el derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espacio entre los nacimientos y el acceso a la información y medios para lograrlo; asimismo, es el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También se incluye el derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones o violencia.
e. El derecho a la salud.
El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, en cuatro aspectos importantes:
1.-Disponibilidad. Los Estados contarán con suficientes establecimientos, programas, bienes y servicios públicos de salud.
2.- Accesibilidad. Sin discriminación y con suficiente información.
3.-Aceptabilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud respetarán la ética médica, serán culturalmente apropiados y tomarán en cuenta el género y el ciclo de vida.
4.- Calidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud serán apropiados desde el punto de vista científico y médico, además de tener buena calidad.
f. El derecho al trabajo.
El trabajo dignifica a las personas y proporciona herramientas valiosas para que las mujeres reconstruyan su vida y dejen atrás sus relaciones violentas, ya que brinda:
Autonomía, Autodeterminación, Independencia económica, Bienestar, Empoderamiento y Mejora de Autoestima
g. El derecho a la educación.
A través de la educación se logra el pleno desarrollo de la personalidad humana y el sentido de dignidad, así como el fortalecimiento del respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. La educación busca la transmisión y el enriquecimiento de los valores culturales y morales comunes, por lo que es un medio imprescindible para lograr la emancipación de la mujer y combatir la violencia, la explotación sexual y laboral. El derecho a la educación debe ser asegurado sin ningún tipo de discriminación, incluyendo la motivada por el género. El Estado garantizará la eliminación de conceptos estereotipados y las mismas oportunidades, respecto al ejercicio de este derecho.
h. El derecho a la información.
La información funciona en estos casos como presupuesto de la posibilidad de una decisión racional. El Estado debe garantizar el acceso a una información cierta, objetiva, veraz, detallada y eficaz a cada mujer, respecto de sus derechos y el ejercicio de los mismos.